Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



AFIP Podrá Fiscalizar a los Contribuyentes de Manera Electrónica

El organismo de recaudación creó una nueva normativa para investigar a las empresas y particulares sin la necesidad de enviar un inspector, a través de un nuevo procedimiento para realizar fiscalizaciones de manera electrónica. Podrá someter a investigación a los contribuyentes sin la necesidad de estar presente en su domicilio.
Según la nueva normativa, el fisco nacional deberá notificar primero a los sujetos interesados en su domicilio. Si no hubiesen recibido la misma o la dirección fuera incorrecta, el fisco podrá utilizar otros métodos, como el de dejarlo a algún portero o encargado si se trata de un edificio o dejarlo en la puerta adherido. Dentro de los 10 días siguientes, el contribuyente deberá contestar el requerimiento que se le formule.
Para ello, tendrá que acceder al servicio "AFIP - Fiscalización Electrónica" - Opción "Cumplimiento de Requerimiento Fiscal Electrónico", disponible en el portal del fisco. Allí, deberá ingresar el "Número de Fiscalización Electrónica", y contestar en línea el requerimiento.
Asimismo, podrá adjuntar -por la misma vía y en formato ".pdf"- la prueba documental que considere oportuno presentar y que no se encuentre en poder del organismo de recaudación.
El suministro de la información, datos y documentación que se efectúe por transferencia electrónica -a través de los Servicios "AFIP - Fiscalización Electrónica" disponibles en el sitio web institucional- tendrá carácter de declaración jurada.