Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Los Bancos No Podrán Solicitar Las Declaraciones Juradas Impositivas a sus Clientes

Debido al Secreto fiscal,AFIP ha establecido que los Bancos no podrán solicitar declaraciones juradas a sus clientes, así como tampoco podrán hacerlo las aseguradoras, transportadoras de caudales, correos privados, operadores de compraventa de objetos de arte, despachantes de aduana y organismos de la Administración Pública.

La medida, que se pone en práctica a través de la Resolución General 3952 se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Están exceptuados de esta prohibición los profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas, como por ejemplo los contadores públicos.

La normativa alcanza a todas las entidades que estén obligadas a emitir Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Entre ellas se encuentran, además, operadores de tarjetas de crédito, escribanos públicos, agentes y sociedades de bolsa, registros públicos de propiedad e inmueble y quienes se dediquen a la compraventa de vehículos.