La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus trabajadores, los conceptos bajo el rango “no remunerativos”, como así también la normativa que los avala y el importe al que ascienden.
Los montos “no remunerativos” son aquellos sobre los que no se aplican descuentos de previsión y seguridad social.
La medida, establecida a través de la resolución general 3279 que será publicada en el Boletín Oficial, establece que la declaración se debe realizar en el micrositio “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos”, en el web de la AFIP (www.afip.gob.ar).