Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Trabajadores en Relación de Dependencia: No se Podrán Deducir Donaciones en Efectivo Con el Salario Para el Impuesto a las Ganancias

A partir de la Resolución de la AFIP 3366, recientemente publicada, los empleados que pretendan deducir donaciones realizadas a entidades exentas, tendrán que informar los datos de esas fundaciones.

Hasta el momento, los empleados podían deducir hasta el monto de $ 2.400 anuales sin obligación de cumplir con el Régimen de Información. En esos casos bastaba con mantener en archivo a requerimiento del fisco el comprobante de la entidad que recibió los fondos. Además, hasta ese límite anual, la donación podía efectuarse en efectivo. A partir de la nueva disposición tendrá que hacerse siempre mediante depósito en la cuenta bancaria de la entidad.

Estos nuevos requisitos tendrán vigencia retroactiva, de esta manera influirán en las donaciones efectuadas a partir del 1 de enero de 2012.

La Resolución obliga además a los empleadores a que intermedien en la donación entre los empleados y las entidades al cumplir con un Régimen de Información que a partir de ahora será mensual.

La excepción para el Régimen de información de los empleadores es para las donaciones que se realizan, por cada donante y entidad donataria en un mes calendario por el importe que no supere $ 180.

Cuando las donaciones se efectúen por intermedio del empleador, éste además queda obligado a lo siguiente:

- Efectuar depósitos individuales por cada empleado donante.

- Entregarle a cada uno, dentro de los 10 días de efectuado el depósito, fotocopias de las boletas de depósito de las donaciones realizadas, certificadas por los donatarios.

Esa obligación de depósito individual podrá ser sustituida por un depósito global mensual para cada entidad donataria.

Dicho depósito comprenderá la suma de los importes destinados a la donación que los empleados autorizaron a descontar de sus haberes, siempre que se encuentren deducidos en los respectivos recibos.

Los empleadores que opten por este procedimiento deberán entregar a cada donante, dentro de los 10 días de efectuado el depósito, un comprobante en el que constará el detalle de las donaciones realizadas a su nombre.