Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Baja de Oficio de la CUIT por Parte de AFIP

A través de la Resolución General Nº 3358, publicada en el Boletín Oficial del 10 de agosto de 2012, la AFIP establece un procedimiento de baja de oficio de la CUIT que alcanzará a las sociedades de capital (S.A., S.R.L., Soc. en Comandita Simple y por Acciones, Sociedades de Capital e Industria y Contratos de Colaboración Empresaria) que no hayan solicitado altas en impuestos y/o regímenes y que no hayan efectuado presentaciones de declaraciones juradas o que, habiéndolas presentado, no registren ventas, ingresos, ni empleados en relación de dependencia declarados durante el período corrido desde el 1 de enero del año anterior al que se efectúe la evaluación, hasta el momento de la misma.