La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obligará (a partir del mes de julio del corriente año) a los colegios privados –cuya cuota mensual supere los $2.000- a dar información sobre los padres de sus alumnos.
La Resolución General AFIP 2832 solicita los siguientes datos correspondientes al sujeto obligado al pago de las cuotas:
1. Carácter (padre, madre, tutor o responsable del pago).
2. Apellido y nombres.
3. Domicilio declarado.
4. CUIT o en su defecto, Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) o tipo y número de documento de identidad.
Cuando se trate de extranjeros que no cuenten con los datos referidos, deberá informarse el número de pasaporte.
Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez
Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad