Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



CETA - Certificado de Transferencia de Automotores

De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General AFIP 2729, para la inscripción de transferencias de dominio de automotores o motovehículos usados, la Seccional del Registro de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios le exigirá al comprador que presente el “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA) cuando se den concurrentemente las siguientes condiciones:

a. Se trate de un automotor (automóvil, camión, camioneta, rural, jeeps, furgón de reparto, ómnibus, microómnibus y colectivo, remolque o acoplado, aun cuando no estuvieran carrozados, excluyéndose maquinarias autopropulsadas: agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, maquinarias viales) o un motovehículo (ciclomotores, motocicletas, motonetas, motocarros -motocarga o motofurgón-, triciclos y cuatriciclos con motor) usado y radicado en el país.

b. El valor pactado para la transferencia del vehículo o la valuación- según la tabla de valuaciones utilizada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios para el cálculo de aranceles sea igual o superior a $ 40.000.

A partir del 01/08/2010 el valor a considerar será de $30.000 o más.

Para el caso de motovehículos, se solicita siempre que superen el valor de $ 8.000.

La solicitud del Certificado de Transferencia de Automotores, puede ser realizada por el titular del automotor o cualquiera de sus condóminos, mediante alguno de los siguientes procedimientos:

- A través de Internet: ingresando a la página Web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar/), con su Clave Fiscal, al servicio “Transferencia de Bienes Muebles Registrables” - Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)”.

- Comunicándose telefónicamente con el Centro de Información Telefónica (0800-999-2347), donde -previa autenticación de los datos del titular del automotor- le informarán la identificación del “Certificado de Transferencia de Automotores”. Luego de informada la tramitación. Deberá imprimirse el certificado, ingresando con Clave Fiscal al servicio “Transferencia de Bienes Muebles Registrables - Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)” a la consulta “Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) generados” o mediante una consulta sin clave fiscal, donde se deberá indicar el dominio del automotor y el número de “Certificado de transferencia de automotores (CETA)”.