A partir del primer día hábil del mes de octubre de 2011, la donación deberá ser informada a la AFIP a través del programa "Donaciones en Dinero y en Especie- Donantes y Donatarios - versión 2.0" y deberá realizarse, a nombre de los donatarios, mediante:
•Depósito bancario.
•Giro o transferencia bancaria.
•Débito en cuenta a través de cajero automático.
•Débito directo en cuenta bancaria.
•Débito directo en cuenta de tarjeta de crédito.