Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Cómo se Pagan las Asignaciones Familiares

Desde julio de 2010 ANSES liquida las asignaciones familiares a todos los trabajadores de empresas de la actividad privada a través del sistema de pago directo llamado Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

A través de este sistema, el Estado abona directamente las asignaciones familiares a los trabajadores, a través de bancos, correos, o mediante la acreditación en una cuenta bancaria, que puede ser la misma cuenta sueldo y ANSES efectúa directamente los controles de derecho sobre las asignaciones familiares de los trabajadores.

En el antiguo Sistema de Fondo Compensador, las asignaciones familiares eran abonadas por el empleador y posteriormente, si el monto liquidado por este concepto superaba las contribuciones patronales efectuadas, solicitaba el reintegro a ANSES.


Las asignaciones familiares que se liquidan bajo este Sistema son:

Prenatal
Maternidad
Maternidad Down
Hijo
Hijo con Discapacidad
Ayuda Escolar Anual


INCORPORACIÓN DE LA EMPRESA E INFORMACIÓN A PRESENTAR
ANSES incorporará mensualmente y en forma automática al SUAF, a todas aquellas empresas que se inscriban como empleadores ante la AFIP sin necesidad de que lo soliciten. Para saber si una empresa está incorporada al SUAF, debe consultar la página web, en la sección "empresas incorporadas al SUAF", debiendo ingresar su número de CUIT. Si la Empresa se encuentra incorporada, le indicará el período a partir del cual la ANSES comenzará a liquidar las Asignaciones Familiares.

El empleador debe enviar, a través de la página web de AFIP toda la información relacionada con los datos del trabajador y sus vínculos familiares y mantener actualizadas todas sus novedades y las de su grupo familiar. Lo mismo debe hacer con todo nuevo empleado que ingrese a la empresa. La documentación que respalde la información transmitida debe archivarse en el legajo del trabajador, en la empresa, y podrá ser requerida toda vez que ANSES lo considere necesario.

Además, es su abligación notificar a todos los trabajadores, tengan o no cargas de familia, dentro de los diez (10) días hábiles de su incorporación al SUAF, las normas que rigen el Régimen de Asignaciones Familiares, mediante el Formulario PS.2.6Igual acción deberán realizar cada vez que ingrese un nuevo trabajador a la empresa, y el plazo para realizarla será de diez (10) días hábiles desde su ingreso a la empresa. Esta notificación se realiza por duplicado, una copia se entrega al empleado y otra debe archivarse en el legajo del trabajador en la empresa, y podrá ser requerida por ANSES toda vez que lo considere necesario.

El trabajador debe declararle al empleador todos sus datos y los de su familia, entregándole original y copia de la documentación de respaldo (documentos y Actas/Partidas de Nacimiento/Matrimonio, etc.). El empleador, autenticará las copias, colocará sello fechador de recepción en la documentación recibida y devolverá los originales al trabajador.

El mismo trabajdor es quien deberá, además, presentar ante cualquier Unidad de Atención de ANSES (UDAI), los Formularios:

PS.2.3 (frente) (dorso) con Certificado de Discapacidad vigente, para la tramitación de la Autorización por Hijo con Discapacidad. Si el discapacitado ya cuenta con Autorización emitida por ANSES y está vigente, no es necesario tramitar una nueva.

PS.2.51 para la tramitación de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.

PS.2.53 para renunciar al cobro de las Asignaciones Familiares –por encontrarse el otro progenitor en un régimen más beneficioso- ó para revocar una renuncia ya efectuada.

PS.2.55 para designar apoderado y/o representante.


PAGO DE LAS ASIGNACIONES
Los montos de las Asignaciones Familiares se le depositarán al trabajador en la CBU informada por el Empleador a través de AFIP.

Si el empleador no hubiera informado una CBU, se elegirá asignará automáticamente el Banco más cercano al domicilio de explotación de la empresa que figura declarado en ANSES

Si ANSES no tuviera información sobre el domicilio de explotación, se elegirá asignará automáticamente el Correo.

Este medio de pago podrá ser modificado por el trabajador, pudiendo elegir entre: boca de pago (cobro por ventanilla); depósito en cuenta bancaria propia o depósito en cuenta sueldo.

Si un trabajador ingresa a una empresa que ya se encuentra incorporada, no se le asigna automáticamente un medio de pago, sino que deberá seleccionar personalmente en ANSES o mediante la página web el medio de pago en el cual desea percibir sus asignaciones familiares.
El trabajador podrá consultar cuál fue el medio de pago asignado por ANSES en el siguiente link: http://servicioswww.anses.gov.ar/dondecobro/default.aspx