Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Compraventa de Moneda Extranjera: Qué se Debe Hacer en Caso de que la AFIP No Autorice la Operación

La AFIP estableció los pasos que deben cumplir quienes no pueden comprar dólares debido a tener una insuficiente capacidad económica y financiera mediante la resolución 3.212 publicada en el Boletín Oficial de hoy, 8 de noviembre de 2011.

Cuando la AFIP no autorice la compra de divisas debido a insuficiente capacidad económica financiera, los interesados podrán regularizar su situación presentando una nota, acompañada de los siguientes elementos:

•La impresión de la respuesta emitida por el sistema, en la cual conste dicho motivo, y
•La documentación fehaciente que acredite el origen y cuantía de los fondos a utilizar para el pago de la compra de la moneda extranjera.
La agencia de la AFIP receptora evaluará los elementos presentados y resolverá sobre la procedencia de lo solicitado.

Los demás motivos de inconsistencia podrán igualmente subsanarse ante la mencionada dependencia, regularizando los mismos en la forma que para cada caso corresponda.

La nueva norma entrará en vigencia el 9 de noviembre de 2011.