Ante la falta de emisión de comprobantes (vender y no emitir comprobantes, o emitir comprobantes pero no registrarlos), los agentes de ARBA pueden, de manera simultánea, clausurar el establecimiento por 4 a 10 días y además, aplicar una multa de hasta 30.000 pesos.
El Código Fiscal bonaerense 2011 apunta hacia los contribuyentes que:
•No emiten facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicios; o no conservan sus duplicados o constancias de emisión.
•Tengan bienes o mercaderías sobre cuya adquisición no aporten facturas o comprobantes emitidos.
•No lleven anotaciones o registraciones de sus adquisiciones de bienes o servicios o de sus ventas, locaciones o prestaciones.
•Hayan recurrido a entes o personas jurídicas para evadir gravámenes.
•No mantengan en condiciones de operatividad los soportes magnéticos que contengan datos vinculados con la materia imponible, por el término de 5 años.
•No exhiban, dentro de los 5 días de solicitados, los comprobantes de pago que les sean requeridos.
•Se hallen en posesión de bienes o mercaderías respecto de las cuales no posean, en el mismo lugar en que estos se encuentran, la documentación requerida.
•Usen comprobantes o documentos que no reúnan los requisitos exigidos.
•No posean el certificado de domicilio correspondiente.
•No se encuentren inscriptos como contribuyente o responsables teniendo la obligación de hacerlo.
•No exhiban el comprobante de pago del último anticipo vencido del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.