En el mes de Abril comienzan los vencimientos para la presentación y/o pago de las declaraciones juradas del Período Fiscal 2009 de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, para las personas físicas.
1. Personas físicas domiciliadas en el país y sucesiones indivisas radicadas en el mismo que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de Diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores:
CUIT terminados en 0-1
19/04/2010
20/04/2010
CUIT TERMINADOS EN 2-3
20/04/2010
21/04/2010
CUIT TERMINADOS EN 4-5
21/04/2010
22/04/2010
CUIT TERMINADOS EN 6-7
22/04/2010
23/04/2010
CUIT TERMINADOS EN 8-9
23/04/2010
26/04/2010
2. Personas físicas domiciliadas en el país y sucesiones indivisas radicadas en el mismo que tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de Diciembre y que no coticen en bolsa o mercado de valores:
CUIT TERMINADOS EN 0-1
10/05/2010
11/05/2010
CUIT TERMINADOS EN 2-3
11/05/2010
12/05/2010
CUIT TERMINADOS EN 4-5
12/05/2010
13/05/2010
CUIT TERMINADOS EN 6-7
13/05/2010
14/05/2010
CUIT TERMINADOS EN 8-9
14/05/2010
17/05/2010
3. Beneficiarios de rentas del trabajo personal: relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Siempre que no se encuentren inscriptos en los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales y que las declaraciones juradas no arrojen impuesto a ingresar (caso contrario deberán tenerse en cuenta los cuadros donde se detallan los vencimientos del mes de abril).
Todos los CUIT
30/06/2010