Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Adelantos Sobre Sueldos

Corresponde emitir recibo de sueldo cuando se otorga una anticipo, según lo establecido por el artículo 130 y concordantes de la Ley de Contrato de Trabajo. Los recibos por anticipo o entregas a cuenta de salarios, hechos al trabajador, deberán instrumentarse mediante recibo firmado por el trabajador. El recibo será confeccionado por el empleador en doble ejemplar, debiendo hacer entrega del duplicado al trabajador.