Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Aumentos en Aportes de Autónomos a Partir del 1 de septiembre de 2010

A parir del 1 de septiembre de 2010, el esquema de tributación a respetar por los trabajadores autónomos es el siguiente:

Categoría I. Aporte mensual de 194,13 pesos:
a. Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con
ingresos anuales hasta $20 mil.
b. Comerciantes con ingresos anuales hasta 25.000 pesos.
c. Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de
cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que
aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).

Categoría II. Aporte mensual de 271,76 pesos:
a. Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que
superen como ingresos anuales los 20.000 pesos.
b. Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25.000 pesos.

Categoría III. Aporte mensual de 388,24 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles,
regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales
inferiores o iguales a 15.000 pesos.

Categoría IV. Aporte mensual de 621,19 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o
irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y
$30.000, inclusive.

Categoría V. Aporte mensual de 854,13 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o
irregulares y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los
30.000 pesos.