Dra. Gladys Noemí Mendez
Dr. Guillermo Adrián Mendez

Contadores Públicos (U.B.A.)
Miembros de la Asociación Interamericana de Contabilidad



Nuevos Datos Obligatorios en las Facturas y Tickets a Consumidores Finales

Desde noviembre de 2009, en las facturas y tickets a consumidores finales emitidos en la Provincia de Buenos Aires, debe constar en forma legible y destacada, el número de teléfono gratuito del Departamento de Orientación al Consumidor u organismo que lo reemplace, a través de la leyenda “Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 0800-222-9042”.
La medida se dio a conocer a través de la Ley Nº 13.987 (B.O.P.B.A. Nº 26.122 del 07/05/2009).
El Departamento de Orientación al Consumidor informó lo siguiente:
a) La obligación de consignar la leyenda puede ser cumplimentada mediante la utilización de un sello, el cual debe ser de una tinta con color de contraste y la letra de 2,50 milímetros.
b) En el caso de los tiquets se puede consignar la siguiente abreviatura: “Orientación al Consumidor Prov. de Bs. As. 0800-222-9042”.
c) La leyenda no debe consignarse en el duplicado de la factura ni en la cinta testigo.
El incumplimiento de esta disposición será pasible de las sanciones establecidas en el Código de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios (Ley Nº 13.133).